El 23 de septiembre se ha publicado la,Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, conocido como baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico.

Esta ley entrará en vigor el 1 de Enero de 2016.

 

 

Sus principales novedades son:

  • Aumento de protección de las víctimas: mediante la garantía de una indemnización suficiente, además se identifican nuevos perjudicados y nuevos conceptos resarcitorios que no están recogidos en el Baremo vigente actualmente.
  • Daños personales:
    • En caso de fallecimiento se mejoran las indemnizaciones, y se distingue entre perjuicio patrimonial básico o gastos razonables derivados del fallecimiento y gastos específicos (sepelio, traslado del fallecido, repatriación, etc.)
    • En caso de secuelas o lesiones permanentes se refuerza la reparación del gran lesionado (discapacidades que requieran de apoyos intensos para su autonomía) y se revisa el baremo médico de secuelas.
    • En caso de lesiones temporales hace distinción entre ‘gastos de asistencia sanitaria’ y otros ‘gastos diversos resarcibles’ (gastos de la vida diaria ocasionados por la lesión como incremento del coste de movilidad).
  • Daños patrimoniales:
    • Lucro cesante: La norma contempla los ingresos netos de la víctima y también valora el trabajo no remunerado como las tareas del hogar o la pérdida de capacidad de trabajo futura de menores y estudiantes.
    • Perjuicios extrapatrimoniales o morales: reestructuración del perjuicio personal básico en las indemnizaciones por causa de muerte y de su relación con los perjuicios particulares, que ahora se amplían.
  • Incremento de las indemnizaciones